Soberanía energética
Sergio Tirado Herrero
La soberanía energética (energy sovereignity) se define como el derecho de individuos, comunidades y estados a decidir de manera autónoma sobre la generación, distribución y consumo de energía con el fin de satisfacer sus necesidades de servicios energéticos de una manera apropiada con respecto a sus condiciones ecológicas, económicas, sociales y culturales. Como propuesta que combina el activismo ecosocial y la investigación con orientación normativa, se refiere a:
“proyectos y visiones políticas orientados a una generación, distribución y control equitativos de las fuentes de energía por parte de comunidades movilizadas y arraigadas ecológica y culturalmente, tanto urbanas como rurales, de manera que no perjudiquen a otras [comunidades y personas] y respetando los ciclos ecológicos” (Del Bene et al., 2019, p. 178).
Constituye, por tanto, un marco analítico y normativo que subraya la capacidad de elección y actuación sobre los diversos componentes de los sistemas energéticos, especialmente sobre las fuentes de energía primaria y las tecnologías para su extracción, transformación y aprovechamiento en forma de usos finales (Laldjebaev et al., 2015). Remite así a una concepción de la soberanía entendida como un grado suficiente de autodeterminación y no dominación, es decir, como capacidad de tomar y ejecutar decisiones propias sin interferencias indebidas por parte de actores externos (Timmermann y Noboa, 2022).
Debemos su formulación original a organizaciones de la sociedad civil, que propusieron inicialmente el concepto de soberanía energética en la década de 1990 en América Latina en respuesta a la privatización de servicios básicos por empresas transnacionales y a múltiples formas de extractivismo, pobreza energética, patriarcado, oligopolio y conflictos asociados a la extracción de combustibles fósiles (Del Bene et al., 2019). La soberanía energética permite articular, como respuesta, una reivindicación de modelos energéticos sostenibles y con control comunitario de los sistemas energéticos para la protección del medio ambiente y los medios de vida locales frente a abusos de empresas privadas y actores estatales (Friends of the Earth, 2006); y forma parte de una estrategia de transformación más amplia en respuesta a crisis ecológicas y a desigualdades sociales, orientada a reconfigurar patrones estructurales de consumo energéticos, poner freno al control corporativo de los sistemas energéticos y abordar las causas profundas del cambio climático (Moreno y Mittal, 2008). Esas formulaciones iniciales derivan y se conectan en parte con la idea de soberanía alimentaria (food sovereignity), avanzada originalmente por La Vía Campesina en la década de los 1990, que reivindica el derecho de los pueblos a decidir sobre los alimentos que consumen y a controlar los medios y sistemas de producción de alimentos en función de las posibilidades ecológicas de sus territorios (Laldjebaev et al., 2015).
En la literatura académica especializada, el concepto de soberanía energética aparece a menudo vinculado con el de seguridad energética (energy security), que se refiere a la provisión ininterrumpida de servicios energéticos vitales (Cherp et al., 2012) o, en una acepción más elaborada, a la disponibilidad continua de energía en sus distintas formas, en cantidades suficientes y a precios razonables, junto con una baja vulnerabilidad a interrupciones del suministro y una capacidad para atender de manera sostenida la demanda de servicios energéticos (UNDP, 2000).
Desde una perspectiva más operativa, la seguridad energética requiere la convergencia de las denominadas cuatro “A” en inglés: disponibilidad (availability) física o geológica de recursos energéticos; accesibilidad (accesibility) geopolítica a esos recursos; asequibilidad (affordability) económica de los recursos y servicios energéticos; y aceptabilidad (acceptability) de las implicaciones ambientales y sociales de la explotación, transformación y uso de los recursos energéticos (Kruyt et al., 2009). El enfoque de seguridad energética tiene connotaciones marcadamente geopolíticas en la medida que está motivado por una preocupación permanente por la vulnerabilidad de los sistemas energéticos nacionales a interrupciones del suministro, especialmente en el caso de los combustibles fósiles.
En esta línea, la seguridad energética entendida como un problema de soberanía nacional pone el énfasis en amenazas externas como actos de sabotaje o terrorismo contra infraestructuras energéticas, embargos a la importación o exportación de energía y uso abusivo de una posición de mercado dominante por parte de actores externos como estados hostiles, grupos terroristas, o empresas energéticas extranjeras con poder de mercado excesivo o poco confiables. La respuesta a esas amenazas a la seguridad energética en clave de soberanía energética pasa por estrategias de minimización del riesgo, como recurrir a exportadores más confiables, diversificar fuentes y recursos energéticos, sustituir recursos importados por nacionales o el ejercicio del control militar, político o económico sobre recursos, territorios e infraestructuras implicadas en la provisión de energía (Cherp y Jewell, 2011).
Desde perspectivas críticas y emancipatorias, se ha cuestionado la interpretación del concepto de soberanía energética en clave de seguridad energética. Así, se argumenta que el enfoque de seguridad energética tiende a preservar el statu quo sin cuestionar ni las infraestructuras fósiles, ni las élites asociadas a su explotación, ni los patrones dominantes de consumo energético. Por el contrario, la propuesta de la soberanía energética propone un marco transformador de autodeterminación en el uso de los recursos naturales que busca reducir el control corporativo del sector y recursos energéticos e impulsar cambios estructurales en los sistemas energéticos y en los modos de vida (Castán Broto, 2017; Moreno y Mittal, 2008). Además, frente a la preponderancia de la escala e intereses nacionales implícitos en el enfoque de seguridad energética, la soberanía energética permite desplazar el foco hacia las necesidades, preferencias y capacidades de personas y comunidades concretas situadas en contextos territoriales específicos. Subraya también los derechos, conocimientos y capacidades de las personas como usuarios finales de energía y, teniendo en cuenta las posibilidades ecológicas locales, aspira a determinar qué recursos energéticos potenciales deben aprovecharse, con qué finalidad, por quiénes y de qué manera (Laldjebaev et al., 2015). Dado que la soberanía energética prioriza la equidad en el acceso a la energía a escala de hogar o individuo, es por tanto un marco más sensible y capacitado para contribuir a la reducción de la pobreza energética. Además, aboga por la democratización de los sistemas energéticos y, por tanto, por dar voz y capacidad de decisión a las comunidades, hogares y personas que utilizan energía en su día a día y que se ven afectadas por desarrollos y transformaciones en el sector energético (Castán Broto, 2017; Laldjebaev et al., 2015). Conecta, por tanto, con el marco de la justicia energética, que identifica tres dimensiones analíticas clave para avanzar hacia sistemas energéticos más equitativos: i) distribución justa de costes y beneficios del funcionamiento y transformaciones de los sistemas energéticos; ii) equidad en el reconocimiento de las necesidades y perspectivas de las múltiples actores implicados y afectados por los sistemas energéticos; y iii) equidad en la capacidad de participar e influir en los procedimientos de toma de decisiones (Walker y Day, 2012).
A tal efecto, se han propuesto ocho valores rectores de la soberanía energética que ponen el énfasis en sus aspectos éticos y de justicia social (Timmermann y Noboa, 2022): i) accesibilidad, con el objetivo de garantizar el acceso universal a la energía; ii) empoderamiento y reconocimiento, en forma de capacidades colectivas y conocimiento útil sobre los sistemas energéticos y de participación efectiva y equitativa en su gobernanza; iii) gestión responsable y sostenible de sistemas renovables descentralizados para minimizar sus impactos ambientales; iv) autosuficiencia, para limitar la exposición a prácticas empresariales depredadoras; v) resiliencia, para mantener la capacidad de provisión frente a perturbaciones socioeconómicas, políticas o ambientales; vi) paz, para promover sistemas de provisión basados en relaciones no hostiles; vii) transparencia y autodeterminación, para dar voz a grupos infrarrepresentados y reforzar democráticamente y limitar la captura corporativa de los procesos de toma de decisiones; y viii) justicia de género, para reconocer la contribución de las mujeres a los sistemas energéticos y eliminar barreras a su plena participación.
Estos principios subrayan el carácter comunitario de las iniciativas de soberanía energética, que necesitan de responsabilidad, solidaridad, cohesión social y voluntad cooperativa, de igual forma que requieren de tecnologías adecuadas, para materializarse en avances efectivos en la práctica (ibid). Estas experiencias prácticas de soberanía energética encontrarán también soporte conceptual y metodológico en marcos afines como los de democracia energética (Kanellou et al., 2023), ciudadanía energética (DellaValle y Czako, 2022) y comunidades energéticas (Hanke et al., 2026), que permiten vislumbrar futuros energéticos más justos y sostenibles por medio de la reapropiación material y política de las infraestructuras y procesos de provisión de energía.
De hecho, las comunidades energéticas se han identificado como experiencias de soberanía energética en la vida real que prefiguran alternativas concretas en formas de sistemas energéticos locales descentralizados, democráticos y compatibles con el decrecimiento (Andreucci et al., 2025). Además, las comunidades energéticas generan múltiples beneficios de carácter económico, ambiental y social: democratizan la energía, reducen la dependencia y el poder de mercado de las grandes suministradoras y pueden abaratar la factura eléctrica, contribuir a aliviar la pobreza energética y reforzar el tejido productivo local y la cohesión social a escala comunitaria. También facilitan el aprendizaje colectivo sobre la generación y consumo de energía y favorecen la participación de mujeres y otros grupos infrarrepresentados en este sector.
Desde una perspectiva de justicia ecológica, cabe reseñar que la soberanía energética aboga por una autodeterminación ecológica y territorialmente responsable en el uso de recursos y tecnologías energéticas con el fin de evitar impactos negativos sobre terceros (Castán Broto, 2017), lo que abre la puerta a la consideración de seres no humanos en este marco. Este planteamiento invita a reconsiderar el territorio no como un mero repositorio de recursos naturales, incluidos los energéticos, sino como una realidad ecosocial compleja en la que se arraigan y construyen múltiples proyectos de vida (Del Bene et al., 2019), tanto humana como no humana.
Bibliografía:
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Castán Broto, V. (2017). Energy sovereignty and development planning: The case of Maputo, Mozambique. International Development Planning Review, 39(3), 229-248. https://doi.org/10.3828/idpr.2017.9
Cherp, A., Adenikinju, A., Goldthau, A., Hernandez, F., Hughes, L., Jansen, J., Jewell, J., Olshanskaya, M., Oliveira, R. S. D., Sovacool, B., Vakulenko, S., Bazilian, M., Fisk, D. J., Pal, S., & Davidson, O. (2012). Energy and Security. En T. B. Johansson, N. Nakicenovic, A. Patwardhan, & L. Gomez-Echeverri (Eds.), Global Energy Assessment (GEA) (pp. 325-384). Cambridge University Press. https://doi.org/10.1017/CBO9780511793677.011
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Hanke, F., Day, R., Burchell, K., & Thomson, H. (2026). Tackling energy poverty in Europe through energy communities: Tracing the innovation journeys to support an emerging niche. Energy Policy, 208, 114874. https://doi.org/10.1016/j.enpol.2025.114874
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Kruyt, B., Van Vuuren, D. P., De Vries, H. J. M., & Groenenberg, H. (2009). Indicators for energy security. Energy Policy, 37(6), 2166-2181. https://doi.org/10.1016/j.enpol.2009.02.006
Laldjebaev, M., Sovacool, B. K., & Kassam, K. A. S. (2015). Energy security, poverty, and sovereignty. Complex interlinkages and compelling implications. En L. Guruswamy (Ed.), International Energy and Poverty: The emerging contours (0 ed.). Routledge. https://doi.org/10.4324/9781315762203
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Timmermann, C., & Noboa, E. (2022). Energy Sovereignty: A Values-Based Conceptual Analysis. Science and Engineering Ethics, 28(6), 54. https://doi.org/10.1007/s11948-022-00409-x
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